ACTIVIDAD N°6: COMPENSACIONES
COMPENSACIONES.
BENEFICIOS Y OBLIGACIONES LABORALES.
Todo individuo tiene un objetivo cuando ingresa a la gran
masa de la población económicamente activa y es la de recibir una compensación
por su trabajo.
La compensación (sueldos, salarios, prestaciones) es la
gratificación que los empleados reciben a cambio de su labor, es el elemento
que permite, a la empresa, atraer y retener los recursos humanos que necesita,
y al empleado, satisfacer sus necesidades materiales.
La mayoría de autores como Idalberto Chiavenato hablan de
la remuneración total “compuesta por el paquete de recompensas cuantificables
que recibe un trabajador por su trabajo”
Sin embargo la compensación salarial va más allá y parte de
la premisa que se deben conocer las necesidades y expectativas del individuo
que labora, para tratar de satisfacerlas, siempre y cuando él como trabajador
ayude a cumplir las expectativas de la organización.
En la administración moderna, la compensación incluye el
campo de los incentivos, que motivan al personal y establecen un vínculo entre
los costos laborales y la productividad.
Los sistemas de compensación y beneficios se originan con
el objetivo de obtener mejores resultados en la organización, ya que la falta
de esto puede afectar la productividad de la organización, producir un
deterioro en la calidad del entorno laboral, disminuir el desempeño,
incrementar el nivel de quejas, conducir a los empleados a buscar otro empleo,
a que aumente el ausentismo y en algunos casos puede llevar a protestas.
Los principales objetivos de las compensaciones
empresariales son:
Adquisición
de personal calificado.
Retener
a los empleados actuales.
Garantizar
la igualdad.
Alentar
el desempeño adecuado.
Controlar
los costos.
Cumplir
con las disposiciones legales.
De acuerdo al Artículo 91 de la Constitución de Venezuela,
“Todo trabajador o trabajadora tiene
derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para
sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales.
Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la
participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el
beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente
en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de
conformidad con la ley”.
Lo que
significa que toda persona tiene derecho a un Salario como forma Compensatoria
y ciertos Beneficios aplicables según la Ley, tal como lo establece el Artículo
104 de la Ley Orgánica del Trabajo “…Salario es todo lo que se entrega al
trabajador en retribución a su servicio…”.
TIPOS DE BENEFICIOS Y OBLIGACIONES
La compensación del trabajo Humano tiene dos vertientes:
la compensación directa y la indirecta.
La directa, es aquella que
se recibe exclusivamente como contra prestación del servicio en el cargo
ocupado, constituida por el salario básico, fundamentado en la valoración del
puesto; y el reconocimiento al mérito, según la evaluación de desempeño.
La indirecta, es el resultante de cláusulas de la
convención colectiva de trabajo y del plan de servicio y beneficios sociales
ofrecidos por la organización, es decir, son de carácter no monetario que
contribuyen en gran medida al mejoramiento de la calidad de vida de los
trabajadores.
Para Juan Jose Mendoza C, en su Libro "Aspectos Fundamentales de Derecho Individual del Trabajo", establece las obligaciones del Patrono como sigue: Nota: haga clic sobre la imagen para su visualización, posteriormente con el Botón derecho haga Clic y elija la opción "Abrir imagen en una pestaña nueva".
CARACTERÍSTICAS DE LAS COMPENSACIONES
LABORALES.
Compensación Directa:
Sueldo Base
Bonos (mérito, antigüedad)
Incentivos
Reajustabilidad.
Compensación Indirecta:
Programas de protección
Servicios y otros beneficios
Remuneración por
tiempo no trabajado.
También existen compensaciones extrínsecas que algunas Organizaciones
suelen considerar. Son aquellas derivadas de la relación interpersonal del
Trabajador por su trato, respeto o reconocimiento al trabajo sobresaliente
Para T. Patten sugiere siete criterios que deben
cumplirse en conjunto, para lograr efectividad en una política de
compensaciones:
Adecuada. Cumple con
requisitos legales, acuerdos con sindicatos, de la empresa y del empleado.
Equitativa. Tanto en lo
interno de empresa, como en su relación externa con cargos comparables de otras
empresas.
Balanceada. Existe un
paquete total de compensaciones que es razonable en su composición por ejemplo,
de fijo y variable, de corto o largo plazo, de remuneración base y otros
beneficios o servicios.
Costo Razonable. No es excesiva, en términos de lo que la empresa puede
pagar.
Seguridad. Satisface las
necesidades de seguridad del empleado en relación al pago, y a las necesidades
que el pago puede satisfacer.
Aceptable para el Empleado. El empleado entiende el sistema y considera
que es razonable desde la perspectiva personal y de la empresa.
Así mismo, existen Beneficios Sociales de Carácter No
Remunerativo, los cuales están establecidos en el Art. 105 de la Ley Orgánica
del Trabajo:
- Los servicios de los centros de educación Inicial.
- El cumplimiento del beneficio de alimentación para los trabajadores y las trabajadoras a través de servicios de comedores, cupones, dinero, tarjetas electrónicas de alimentación y demás modalidades previstas por la ley que regula la material.
- Los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y ontológicos.
- Las provisiones de ropa de trabajo.
- Las provisiones de útiles escolares y de juguetes.
- El otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación, formación o de especialización.
- El pago de gastos funerarios.
- Los beneficios sociales no serán considerados como salario, salvo que en las convenciones colectivas o contratos individuales de trabajo, se hubiere estipulado lo contrario.
MÉTODOS DE COMPENSACIONES SECTOR PÚBLICO
Y PRIVADO
Existen los métodos de compensación tradicionales y los
métodos de incentivos salariales. Los primeros consisten en compensaciones por
antigüedad o por méritos; mientras que los segundos compensan a los empleados
individualmente o por grupos por la cantidad de productos generados durante un
período de tiempo.
Según el tipo de Organización se aplica diversos métodos de
compensación según las políticas internas. A continuación un ejemplo aplicable
al área de Ventas.
Método de Sueldo.
Consiste en determinar una cantidad uniforme de
remuneración y sólo se modificará mediante acuerdo de las partes. Dicho método
no tiene incentivo para vender, ya que independientemente del resultado el
ingreso siempre es el mimo, éste es recomendable en productos en que la
producción es limitada y existe un amplio mercado; donde no es importante el
esfuerzo por vender más, ya que no hay productos para surtir demanda adicional.
Método de Comisión.
Consiste en otorgar un porcentaje sobre las ventas
realizadas por el vendedor; se define una sola vez y es muy fácil de calcular,
sólo basta sumar sus ventas del mes y aplicarle el porcentaje de comisión
preestablecido. Este método es muy motivador, pero da muy poca seguridad al
vendedor; ya que si las condiciones externas cambian o el vendedor tiene algún
problema personal por el cual no venda nada en un mes, sus ingresos serán de
cero.
También tiene la desventaja de que al estar sólo a
comisión, no se sienta parte de la empresa, porque no está en nómina. Otra
limitante es que los vendedores sólo quieren hacer actividades que les den
ventas para ganar y dejan de lado las actividades de servicio porque sienten
que no ganan nada con ellas.
Método de sueldo más comisión.
Este método es hacer una combinación de los métodos
anteriores, tomando las ventajas de ambos, aquí la problemática es definir la
mezcla adecuada qué tanto de sueldo y qué tanto de comisión para obtener el
máximo de seguridad con el máximo de motivación y que sea redituable para la
empresa.
Método de Cuenta Corriente y Comisiones.
Este es un método normal de comisiones, para estabilizar
sus ingresos, les abre una cuenta corriente, donde pueden pedir adelantos en
sus comisiones cuando las obtenga se abona a su cuenta; la dificultad es para
el agente de ventas, dado que deberá dar adelantos, de acuerdo a lo que él ve
que está haciendo y tratar de producir sus resultados futuros; para que al
final el año su cuenta quede saldada.
Método de Sueldo, Comisión y Gastos.
Es el método de sueldo más comisión combinado con una
cuenta de gastos, para vendedores que tienen que realizar viajes. En dichos
casos se define un sueldo, una comisión y una cantidad uniforme por día de
viajes, y la empresa se hace cargo de todos los gastos de alimentación,
transporte y hospedaje.
Método de Bonificaciones.
Este método se puede combinar con cualquiera de los
anteriores y consiste en dar una cantidad por cumplimiento de objetivos de
ventas de otro tipo.
Como complemento de las compensaciones se pueden tener
planes paralelos con la finalidad de estimular a la fuerza de ventas, estos
incentivos pueden ser entre otros:
Plan de Pensiones.
El objetivo es retribuir a los agentes que llevan mucho
tiempo de servicio en la empresa. Reduce el índice de bajas de la fuerza
vendedora, porque proporciona incentivos económicos suficientes para retenerlos
en la organización hasta su retiro, fecha en que pueden contar con compensación segura. Con las ventajas del
retiro, se conquista la lealtad, el entusiasmo y el interés de sus agentes.
Seguros de Vida y Gastos Médicos.
En muchas empresas, se proporciona a los agentes protección
de seguro de vida, accidentes y hospitalización. Cada empresa cuenta con un
plan diferente para cubrir este rubro.
Vacaciones Adicionales a la Ley.
En algunas
empresas se conceden a sus agentes a sueldo, vacaciones prepagadas. Los que
están exclusivamente a comisión se pagan generalmente por cuenta propia.
LEYES QUE REGULAN LA POLÍTICA COMPENSATORIA.
Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las
Trabajadoras, según Gaceta oficial 6.076 del 07/05/2012, "tiene por objeto
proteger al trabajo como hecho social y garantizar los derechos de los
trabajadores, creadores de la riqueza socialmente producida y sujetos protagónicos
de los procesos de educación y trabajo para alcanzar los fines del Estado
democrático, de conformidad con la constitución de la República
Bolivariana".
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente
de Trabajo. LOPCYMAT, es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005
en Gaceta Oficial 38.236.
Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, tiene por
objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría,
organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes
prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social
por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación.
Ley del Seguro Social, rige las situaciones y relaciones
jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus
beneficiarias y beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez,
sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o
paro forzoso.
Blog elaborado por: Yariaudy Ledezma. En cumplimiento de la Asignatura
Gestión de Talento Humano, Profesora: Lisbeth Zambrano. Universidad Politécnica
Federico Brito Figueroa. 02/07/2017.
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